Durante el Decimotercer Periodo Extraordinario de Sesiones de la 67 Legislatura, se aprobó con 21 votos a favor, 11 en contra y uno no registrado el Dictamen que reforma la Ley Orgánica del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa. A partir de su publicación en el Periódico Oficial, este órgano se integrará por cinco magistraturas.
El diputado Omar Bazán Flores, presidente de la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, explicó que el Tribunal contará con un Pleno, tres Salas Unitarias Administrativas y dos Salas Unitarias Especializadas en Materia de Responsabilidades Administrativas para el desarrollo de sus funciones.
Estructura y Funciones del Tribunal
Las Salas Unitarias Administrativas estarán compuestas por una magistratura designada por el Pleno y tendrán competencia para conocer y resolver de acuerdo con la Ley Orgánica, la Ley de Justicia Administrativa del Estado de Chihuahua y otros ordenamientos fiscales aplicables.
Por su parte, las Salas Unitarias Especializadas en Materia de Responsabilidades Administrativas, también integradas por una magistratura designada por el Pleno, se encargarán de asuntos conforme a la Ley Orgánica, la Ley de Justicia Administrativa del Estado, la Ley General de Responsabilidades Administrativas y demás normativas pertinentes.
Proceso de Designación y Remoción de Magistraturas
Las magistraturas del Tribunal serán designadas por el Congreso del Estado, siguiendo lo establecido en el artículo 39 bis de la Constitución Política del Estado. Para esto, se formará una Comisión Especial compuesta por dos representantes del Poder Ejecutivo, dos del Poder Judicial y, del Poder Legislativo, el presidente del Congreso, los coordinadores de los grupos parlamentarios y sus representantes.
Entre las reformas, se establece que la remoción de las magistraturas solo podrá ocurrir si se ha recibido condena por delitos dolosos o sentencias firmes por diversas violaciones, como violencia familiar, violencia política contra las mujeres, y ser declarado deudor alimentario moroso.
Transición y Plazos
Los artículos transitorios estipulan que el Tribunal continuará operando bajo la modalidad anterior hasta que el Congreso designe las magistraturas vacantes. El Congreso deberá realizar esta designación en un plazo de 30 días hábiles tras la entrada en vigor del Decreto. Una vez ocupadas las magistraturas, el Tribunal contará con 30 días hábiles para integrar las Salas Unitarias.
El Pleno deberá sesionar dentro de los 30 días naturales siguientes para designar o ratificar a la persona que presidirá el Tribunal en función de la nueva estructura. Además, el Legislativo Estatal tiene un plazo de 365 días naturales para armonizar la legislación necesaria y adecuar el marco normativo.
Los procedimientos y recursos administrativos en trámite serán reasignados a las Salas Unitarias correspondientes, y el Tribunal deberá emitir nuevas disposiciones en un plazo que no exceda de 180 días hábiles a partir de la entrada en vigor del Decreto, para armonizar su normatividad interna.
Cabe destacar que esta iniciativa fue presentada por el diputado Alfredo Chávez.