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Con el objetivo de establecer mecanismos de coordinación entre las autoridades estatales y municipales y la sociedad en el ámbito de movilidad y seguridad vial, el Congreso del Estado, durante el Decimocuarto Periodo Extraordinario de Sesiones, aprobó la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua.
Esta ley entrará en vigor el 1 de enero de 2025, tras su publicación en el Periódico Oficial del Estado.
Dentro de los 180 días naturales posteriores a su entrada en vigor, el Poder Ejecutivo deberá constituir el Sistema Estatal de Movilidad y Seguridad Vial, emitir los reglamentos correspondientes, y ajustar los lineamientos, acuerdos y disposiciones administrativas vigentes. También deberá presentar las iniciativas de ley o decreto que considere necesarias para cumplir con el ordenamiento expedido, de acuerdo con sus atribuciones constitucionales y con esta ley. Todo ello estará sujeto a las disposiciones aplicables y a las normas emitidas por la autoridad federal.
Es importante destacar que, siguiendo la propuesta de la diputada Amelia Deyanira Ozaeta Díaz, el Congreso Estatal llevó a cabo una Consulta Estrecha y de Colaboración Activa con Personas con Discapacidad para la elaboración de esta legislación. La consulta se realizó en Chihuahua (en dos ocasiones), Juárez, Delicias, Hidalgo del Parral y Cuauhtémoc.
El proyecto de ley tiene los siguientes objetivos: regular y supervisar el tránsito seguro y los factores de riesgo vial; asegurar la participación social en los programas y proyectos de movilidad; establecer mecanismos fiscales y de financiamiento e inversión pública; garantizar la capacidad, conocimiento y habilidades de los conductores; diseñar calles y carreteras seguras y accesibles; proteger los derechos de las víctimas de siniestros de tránsito; implementar registros de información en movilidad y seguridad vial; promover la calidad y accesibilidad del transporte público; reducir la demanda y costo del uso de automóviles particulares; y diseñar instrumentos de planificación integral de movilidad y territorio.
Entre las acciones a regular se incluyen: velocidades máximas según la Ley General; niveles máximos de alcohol; cinturones de seguridad; sistemas de retención infantil; cascos para motociclistas; preferencia de paso para peatones; normas de protección para ciclistas; exámenes de conocimientos y habilidades para obtener una licencia de conducir; suspensión y cancelación de licencias; prioridad para peatones y ciclistas; movilidad de cuidado; derechos de las víctimas de siniestros de tránsito; control y tarificación del estacionamiento en vía pública, entre otras.
Además, se aprobó una modificación al artículo 109, presentada por el diputado Francisco Sánchez, para establecer de manera precisa los plazos y requisitos mínimos para la obtención o renovación de una licencia o permiso de conducir.